Encuesta: ¿Pueden ocupar los asientos traseros de un vehículo histórico sin cinturón de seguridad un niño de 6 años y menos de 135? No tienes permiso para votar en esta encuesta.
Mi duda es la siguiente. ¿¿pueden ir los niños pequeños, de menos de 135 en los asientos traseros de un coche antigüo, histórico (con papeles legales en los que demuestra que no tiene cinturón de seguridad atrás)??
El tema es que la sillita es imposible ponerla. ¿pone algo en la ley sobre esto? no he encontrado nada.
Uffff aquí me pillas Jesssi! He trasladado la pregunta a twitter a ver si algunas cuentas amig@s especializadas en SRI pueden ayudarnos a esclarecer esto... la verdad es que es una cuestión interesante que nunca se había planteado en el foro y que seguro que es de utilidad para otros visitantes!
La vida es eso que pasa.... ¡mientras tu haces otros planes!
(10-12-2014, 09:34 AM)alicia escribió: Uffff aquí me pillas Jesssi! He trasladado la pregunta a twitter a ver si algunas cuentas amig@s especializadas en SRI pueden ayudarnos a esclarecer esto... la verdad es que es una cuestión interesante que nunca se había planteado en el foro y que seguro que es de utilidad para otros visitantes!
¡Muchas gracias Alicia!
10-12-2014, 12:03 PM, (Última modificación: 10-12-2014, 12:04 PM por retensioninfantil.)
¿cuál es exactamente la pregunta? ¿Si pueden legalmente ir así? Es decir, ¿si llevo a los niños en el asiento trasero de un coche histórico que no tiene sistema de retención alguno, y por tanto no puedo usar ningún SRI... me pueden multar?
¿Es eso?
Porque, a todas luces, llevar pasajeros en un asiento sin ningún tipo de sistema de retención, es una temeridad. Si esos pasajeros encima son niños (que se suben ahí porque los adultos se lo decimos), es directamente una barbaridad. Es exponerlos a un riesgo brutal.
Así que, independientemente de lo que diga la Ley, no deberían ir niños en esas condiciones.
Ahora bien, a la pregunta, dado que ese vehículo está eximidos por su categoría de histórico, pues no te van a multar.
Gracias por el aporte retensioninfantil! Seguro que es de muchísima utilidad!
Sobre el objeto de debate, decir que hay situaciones y situaciones... Si yo tuviera un coche histórico y quisiera llevar a mis hijos pequeños a dar una pequeña y tranquila vuelta por el pueblo, pues la verdad es que también me preguntaría esto... A ver quien le dice al niño que no se sube al coche por que no se le puede poner el SRI... No se, no creo que haya que ser tan tan extremista, hablamos de un coche histórico y supongo que de un desplazamiento muy muy puntual, no de ir al cole todos los días con ese coche....
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Claro alicia, yo asumo que es esa la idea y no llevarlos al colegio todos los días, que me parece a todas luces una locura...
Pero es que ni en la "vueltecita". Es que no se necesita un accidente para resultar lesionado. Un frenazo brusco, un coche que no viste o que no te vio a tiempo, un balón que se escapa porque por las calles tranquilas del pueblo los críos juegan a la pelota... se cruza un balón por delante de ti y ¿qué haces? Freno hasta el fondo ¿verdad? Pues eso es un niño estampado violentamente contra el asiento de delante, y de ahí para arriba...
A ver, esto es como todo, es como lo de que total para ir aquí a lado en la moto en esto que es un sitio tranquilo, no me hace falta casco... ya pero si te la das, a tu cabeza no le importaba que eso fuera una zona tranquila ni que el destino estuviera ahí al lado. Y en este caso con el agravante de que son niños, que la decisión sobre su seguridad no la toman ellos, la tomamos los adultos. Sin embargo el lesionado, si no va seguro, es el niño.
Es un tema de percepción del riesgo. Y frente a eso, o no se da la vueltecita en el coche histórico, o no se va con los niños. Como si tienes un biplaza descapotable, qué guay sería pasear toda la familia ¿no? Ya, pero no caben, así que nada. Pues lo mismo. En un coche histórico no hay sujección que permita una adecuada protección... pues no se deberían llevar niños.
Y no es extremismo... O sí, no sé si podemos hablar de "medias tintas" cuando la seguridad de los menores está en nuestras manos
Otra opción que se me ocurre, es que el niño vaya en el asiento delantero derecho que si tiene cinturón de seguridad con su SRI... y que el adulto que iba a ocupar el asiento del copiloto, ocupe el asiento trasero ya que tiene más consciencia sobre cómo actuar o el riesgo de sufrir un accidente!
Jesssi no nos ha aclarado el motivo por el cual no puede ponerse el SRI en el asiento trasero y si sería posible ponerlo en el delantero.
Yo si es posible instalar la sillita en el delantero, me decantaría por esa opción.
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11-12-2014, 10:28 AM, (Última modificación: 11-12-2014, 10:30 AM por retensioninfantil.)
Eso ya es cuestión del adulto, del que conduce y del que asume el riesgo de ir sin sujeción.
Y sí, el niño puede ir delante siempre y cuando use el SRI adecuado . Es decir, si lleva cinturón de 3 puntos, o de 2, pues la silla que se pueda instalar en esas condidiones, y adecuada al niño, claro.
El que invento esa norma (por edades o estatura) está claro que no tenía un coche de cierta edad, y como tal…. todos los demás coches como mínimo “tendrían” lo mismo que el coche suyo
No hace falta que sea un coche histórico (ni siquiera clásico, que son cosas diferentes) yo tengo un Renault 11 que mañana hará 32 años y no está puesto ni catalogado de ninguna de las dos formas (ni en el impuesto de circulación, ni en el seguro) por lo que es un vehículo mas solo que más viejo (o veterano)
Tengo un sobrino que ni tiene 12 años ni supera los 135 centímetros de estatura, por lo que la ley “me dice” de que tiene que viajar en los asientos traseros, y el coche del que hablo en las plazas traseras no dispone de cinturones de seguridad, ¿y ahora qué hago?
A) Cuando este conmigo y salimos le dejamos en casa
B) Nos quedamos todos en casa y no salimos
C) Salimos, y como en los asientos delanteros no puede viajar…. que valla en los traseros sin ningún tipo de seguridad en caso de algún percance, si me ven me multaran
D) Como paso de que en un imprevisto al sobrino le pase algo, le pongo en el asiento delantero derecho con su correspondiente cinturón de seguridad, si me ven también me multaran
E) Me jodo y cambio de coche porque al iluminado de turno esto (que existen coches en circulación que no disponen de cinturones en las plazas traseras) no lo tuvo en cuenta cuando se invento la forma de circular con un menor
Tengo otro coche que si dispone de cinturones en las plazas traseras, es evidente que para estos casos se tira de este, peeeeeero (siempre suele haber un pero) posiblemente aunque solo sea un 1% siempre no ha sido posible hacerlo así, por lo que no ha quedado más remedio que usar el Renault 11, ¿cuál ha sido la forma o decisión? optando por lo explicado en el apartado D, y gracias a algunos iluminados en contra de lo que dice la ley
Evidentemente (al menos en mi caso) no son desplazamientos ni largos ni frecuentes, claro está que cuando se usa uno u otro vehículo se actúa en consecuencia de lo que se tiene entre manos y de las condiciones o limitaciones que uno u otro tiene (independientemente valla un menor en el o no) e intentare explicar esto
Digamos (entre otras cosas) que el Renault 11 ni tiene el mismo reprís para un adelantamiento, incorporación a una autovía/autopista, salida de un cruce etc, estabilidad en curva o suelo mojado, o respuesta en la frenada que el otro coche, las normas de circulación junto a las limitaciones de velocidad son las mismas para ambos, hilando fino….. ¿esto tampoco debería de ser muy lógico no? lo sea o no, yo con un coche conduzco de una manera y con el otro coche de otra sin salirme de lo que se les permite a ambos, es mal comparado a aquel que entra en una rotonda con un turismo y mañana hace lo mismo, pero en ese momento conduce un camión, que como es de toda lógica tampoco se hará de la misma forma si este va vacio…. a que valla completamente cargado
Aquel que lleve un vehículo sea cual sea (hablando de circular con distintos tipos de vehículos, pesos, potencias, antiguedad o categorías) si estas cosas entre alguna otra no se tienen en cuenta, tarde o temprano (más bien esto último) tendrá un serio problema en forma de disgusto
Hoy por hoy a mi no me queda otra que esperar a que el sobrino cumpla los 12 años o supere los 135 centímetros de estatura, mientras tanto…. cuando viaje en el Renault 11 lo hará en el asiento delantero derecho con su correspondiente cinturón, si los de verde quieren multar que lo hagan, así me seguirán demostrando que en ciertas ocasiones o casos van a lo que van, a por la pasta - la seguridad puede esperar….
(11-12-2014, 12:54 PM)Voltios 13 escribió: C) Salimos, y como en los asientos delanteros no puede viajar…. que valla en los traseros sin ningún tipo de seguridad en caso de algún percance, si me ven me multaran
Pues según el aporte de retensioninfantil en otro hilo: http://forodgt.ro-des.com/t-Silla-de-nin...industrial "La Ley actual no prohíbe el uso de estas plazas por parte de menores, si no que dice que su uso va a ser regulado por el Reglamento de circulación. Como aún no tenemos un reglamento nuevo, nos ceñimos al actual en vigor, que dice que un niño podrá ir en el asiento delantero siempre y cuando haga uso del SRI adecuado" el pequeño podría ir en el asiento delantero con su alzador correspondiente!
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