buenos dias, y no me refiero a esos puntitos negros que nos salen en la cara.
para cuando tiene previsto la DGT actualizar los puntos negros de las carreteras y autovias en este pais nuestro, (peninsula iberica) accedo ala web y me encuentro anclado en el año 2007 pero si estamos en el 2015 ¿ deberia estar actualizada al 2014 como las multas, los radares, los licoteros, esos que se llaman como los camiones de antes que te pillan haciendo un cambio de sentido pero no cuando te lo manda el sr de verde que te acaba de multar, para que puedas incorporarte a la autovia A-92 limitada en un tramo a 80 km por que dicen que es un " PUNTO NEGRO " donde esta señalizado como tal? porque no hay señalizacion ni horizontal ni vertical que indique sea tramo de carreta peligrosa o accidentes concretamente autovia A-92 km 183.9 direccion creciente
Pues sí, este hilo bien podría entrar en quejas. Ya les vale.
No obstante, he encontrado un informe de la AEA (asociación europea de automovilistas) con enlaces actualizado -al menos en teoría- a 2014 sobre los tramos más peligrosos por comunidades: http://www.aeaclub.org/campanas/puntos-negros
Espero servirte de ayuda.
Saludos
Hoy pondremos unos anzuelos, a ver si pica la felicidad...
(04-02-2015, 02:15 PM)Jess escribió: Pues sí, este hilo bien podría entrar en quejas. Ya les vale.
No obstante, he encontrado un informe de la AEA (asociación europea de automovilistas) con enlaces actualizado -al menos en teoría- a 2014 sobre los tramos más peligrosos por comunidades: http://www.aeaclub.org/campanas/puntos-negros
Espero servirte de ayuda.
Saludos
gracias por tu respuesta y el enlace, todavia tengo la duda se puede limitar a 80 km un tramo de autovia ?
Acabo de recibir una sanción en el P.K. citado (A-92 183.9 C). Después de unas cuantas investigaciones observo que todo es un cúmulo de despropositos y desidia administrativa. Os cuento:
1.- El límite de velocidad original del tramo era de 100 km/h.
2.- Ante el deterioro del firme, con fecha 11 de abril de 2013, el Servicio de Carreteras de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio de Granada, perteneciente a la Dirección General de
Infraestructuras de la Conserjería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía, emitió un oficio dando traslado a los dos informes de la DGT y solicitando a dicha Dirección General de Infraestructuras la autorización para proceder al cambio de la señalización vertical de velocidad, cambiándola a 80 km/h.
3.- Con fecha 3 de febrero de 2014 se procede a la licitación de la obra de arreglo del firme(DENOMINACIÓN DEL CONTRATO: Mejora de CRT en PP.KK. 183, 185 y 198 de la A-92 TT.MM. de Loja y Huetor Tajar)
4.- Con fecha 25 de marzo de 2014 las obras quedan adjudicadas a la empresa Construcciones Glesa.
5.- En junio de 2014 dan comienzo las obras quedando terminadas en un plazo de 3 semanas.
Pero, ¡la señalización vertical no se modifica!
RESUMEN: La Guardia Civil, obviamente velando por nuestra seguridad, coloca su radar camuflado en el carril de frenado de emergencia (creo que ahí no crea ningún peligro) y procede con su labor de sancionar de forma grave, como es mi caso, a todo vehículo que circule a la impresionante velocidad de 118 km/h en la autovía en un tramo sin incorporaciones y con un firme en perfecto estado. Resumen, 300€ y 2 puntos. Insisto, estoy que seguro que es por nuestra seguridad y no media ningún afán recaudatorio.
Vaya tela, bienvenido al foro. Te invito a pasar por presentaciones para que nos cuentes más de ti y lamento que sea una situación tan desagradable la que te traiga a esta comunidad. Un saludo
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(19-07-2015, 08:39 PM)PPRM escribió: Acabo de recibir una sanción en el P.K. citado (A-92 183.9 C). Después de unas cuantas investigaciones observo que todo es un cúmulo de despropositos y desidia administrativa. Os cuento:
1.- El límite de velocidad original del tramo era de 100 km/h.
2.- Ante el deterioro del firme, con fecha 11 de abril de 2013, el Servicio de Carreteras de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio de Granada, perteneciente a la Dirección General de
Infraestructuras de la Conserjería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía, emitió un oficio dando traslado a los dos informes de la DGT y solicitando a dicha Dirección General de Infraestructuras la autorización para proceder al cambio de la señalización vertical de velocidad, cambiándola a 80 km/h.
3.- Con fecha 3 de febrero de 2014 se procede a la licitación de la obra de arreglo del firme(DENOMINACIÓN DEL CONTRATO: Mejora de CRT en PP.KK. 183, 185 y 198 de la A-92 TT.MM. de Loja y Huetor Tajar)
4.- Con fecha 25 de marzo de 2014 las obras quedan adjudicadas a la empresa Construcciones Glesa.
5.- En junio de 2014 dan comienzo las obras quedando terminadas en un plazo de 3 semanas.
Pero, ¡la señalización vertical no se modifica!
RESUMEN: La Guardia Civil, obviamente velando por nuestra seguridad, coloca su radar camuflado en el carril de frenado de emergencia (creo que ahí no crea ningún peligro) y procede con su labor de sancionar de forma grave, como es mi caso, a todo vehículo que circule a la impresionante velocidad de 118 km/h en la autovía en un tramo sin incorporaciones y con un firme en perfecto estado. Resumen, 300€ y 2 puntos. Insisto, estoy que seguro que es por nuestra seguridad y no media ningún afán recaudatorio.
Buenas, yo acabo de recibir una multa del mismo punto, y por si fuera poco, al parecer la primera multa no me ha llegado, y ahora me reclaman 900€, a cuanto está realmente la velocidad en ese tramo??? Y como puedo ahora recurrir esa multa, es que no es normal que al no mandar las cartas certificadas, digan que por no recibirlas ahora me reclaman 900€!!!!
No termino de entender entonces esta cuestión, ¿cambian el límite de velocidad sin que se notifique en ningún lado? ¿sin señalización que lo advierta? ¿se supone que debe adivinarse o qué?
Yo recurriría, esto no tiene ni pies ni cabeza, qué morro tienen.
Por cierto, Nicole, BIENVENIDA!
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17-06-2019, 01:02 PM, (Última modificación: 16-12-2019, 01:12 PM por alicia.)