Llevamos unos meses de persecucion por una patrulla de la Guardia Urbana de Barcelona , en la Zona FRanca , por cierto , siempre los mismos, hacia las furgonetas de reparto de prensa.
Nos estan parando cuando salimos del lugar de carga y multando ,por que según ellos, nuestra carga deberia ir con una red de sujecion. Son 200 euros de multa y 100 si pagas antes. Por cierto, se da la circunstancia que intentan cobrarnos el dinero en efectivo.
Recurrirlas es imposible, ya que el agente , como digo que es el mismo, nos avisa que las echara para atras y deberemos pagar los 200 euros.
Las furgonetas de reparto de menos de 1500 kgr , totalmente cerradas y con una carga uniformemente dispuesta en el piso de la furgoneta, estan obligadas a llevar esta red? Pregunte a la DGT, me dijeron que no deberian multarnos, siempre que no suponga un peligro a la seguridad vial y la del conductor, pero que claro, que eso era algo subjetivo del agente. Entonces, como se pueden recurrir? y en que articulo nos podemos basar?
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