Cita:A mi marido le ha llegado la misma (la multa) pero sin poner nada de negativo, positivo, sustancia consumida ni nada. Es como si fuese una copia de la que le dieron en mano el día que le hicieron el test para el laboratorio..
Creo que se ha liado un poco la cosa porque en el supuesto de Badajoz anterior no se trata de una multa de tráfico, sino una multa del a Delegación del Gobierno por posesión de drogas, cuya competencia corresponde al Delegado del Gobierno por eso puede interponer recurso de alzada ante el Ministro del Interior, y contra la resolución de ese recurso no cabe interponer ningún otro recurso en vía administrativa porque la agota y tiene abierta la del juzgado de lo contencioso (es un errror hablar de poder interponer recurso de reposiciön ), como mucho un recurso extraordinario de revisión y por motivos muy tasados que sera declarado inadmisible salvo que concurra un error de hecho, que es lo que pudo ocurrir a la vista de lo relatrado.
En el caso de tu marido la notificación que realizada la DGT se limita a señalar la infracción tras recibir el positivo del análisis de la muestra salivar realizada por el laboratorio homologado, el texto siempre es el mismo conducir con presencia de drogas en el organismo, que es la infracción tipificada así en la ley de trafico, si quieres tener acceso a dicho informe puedes personarte en el procedimiento y pedir una copia o leerla y decidir si interpones alegaciones o no. Si el informe de laboratorio hubiera sido negativo, la Jefatura de Trafico te remitirá la resolución por la que se archiva el procedimiento.
Un saludo.
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